Los días 13 y 14 de Marzo asistí a un seminario sobre “Democracia y Derechos humanos” organizado por la Universidad Autónoma de Madrid con la cooperación de Amnesty International. El seminario fue bastante interesante, se habló de las cosas que uno puede esperar en un seminario de este tipo: la historia filosófico-política de los derechos humanos, el papel de los derechos humanos en la educación, la crisis de las democracias. Todo interesante, todo según un guion bastante conocido. No surprises.
El segundo día, durante el debate que siguió la primera charla, un participante hizo una pregunta que removió bastante las cosas. Empezó como la típica pregunta en un país Latino: extremadamente larga (en estas latitudes, cada pregunta es una mini-charla), que empieza enmarcando un problema, enmarcando el discurso del poniente en ese problema, agradeciendo al poniente su intervención, resumiendo la intervención, resumiendo la historia de la filosofía occidental, resumiendo la carrera de quien pregunta, y así siguiendo. (A veces pienso divertido que mis colegas Americanos se marcharían en masse tras la primera pregunta: las preguntas Latinas son casi tan larga y retorcida como mis escritos.)
Hacia el final de la intervención, el “storm in the little philosophic teapot” (como diría Fodor); la pregunta incómoda: ¿son los derechos humanos otra forma encubierta de neo-colonialismo? Al fin y al cabo, se trata de una invención occidental, y de una invención bastante reciente (no llega a los trescientos años). El Occidente la ve como un valor universal, e intenta imponerla en todo el mundo. ¿No se trata de la definición misma de colonialismo cultural? El preguntante observó como algunas culturas precolombinas no tenían un concepto de derechos humanos individuales al estilo occidental, pero sí garantizaban a las personas como parte de un conjunto y en este conjunto se añadían derechos que los occidentales no reconoce, como los del medioambiente.
La cuestión es embarazosa, y la intervención generó mucho debate. El argumento preferido de quien contestó (incluso varios de los ponientes) fue que en realidad los derechos humanos son más que un concepto cultural que estamos exportando. Se trata de algo que forma parte de la naturaleza del ser humano. Es cierto que fue la Europa ilustrada quien enunció por primera vez los derechos humanos con la claridad que conocemos hoy, pero no por eso se trata de una invención del siglo XVIII. En realidad, las personas, por su naturaleza, tienen un concepto de derechos humanos. Los derechos humanos son parte de nuestro ser social, y la definición del siglo XVIII simplemente enunció lo que ya existía.
Me parece un argumento inválido. Los derechos "del hombre" (para la mujer habrá que esperar más tiempo) de tipo occidental surgieron en el siglo XVIII y no antes simplemente porque no podría darse un concepto de derechos humanos sin la idea moderna de individuo, una idea que empieza a desarrollarse en el siglo XVII. Para Aristóteles o para Santo Tomás, el discurso sobre los derechos humanos no habría tenido ni pie ni cabeza. En la síntesis medieval, el mundo era una pirámide con Dios en la cima, un puzle en que cada pieza cumplía una misión, la Ciudad terrena era un complemento de la Ciudad celeste, y cualquier violación del orden establecido no era una violación de los derechos humano, sino una ofensa a Dios. Incluso la duda de Antígona, al límite del concepto Griego de ciudadanía, no es una cuestión de dilema entre polis y derechos de la persona, sino un dilema entre dos grupos, la polis y la familia, en que el individuo está integrado y que, solos, le otorgan sentido.
Sólo con el individuo agente, con el individuo moderno, con la consideración de una sociedad como suma de individuos, en lugar del individuo como pieza del tejido social, sólo entonces se puede poner el problema de los derechos humanos. Foucault sostuvo (el L'ordre des choses) que el sujeto moderno nace a finales del siglo XVIII, con Kant. Con Kant el problema de la representación (que, nos cuenta otra vez Foucault, esta vez en Les mots et les choses, ya constituía el episteme de la época clásica) toma una dirección nueva: sólo podemos conocer el mundo así como lo experimentamos, a través de nuestro aparato categórico, y no cómo es de verdad. El sujeto racional asume un papel central en el problema del conocimiento. Al mismo tiempo, con Kant, el sujeto se desdobla. Por un lado, somos la transcendental unit of apperception (no sé cómo se dice en Castellano...), la fuente de las condiciones que hacen posible el conocimiento. Por el otro lado somos objetos de conocimiento, objetos en el mundo. Como objetos del conocimiento somos vinculados a las cadenas de la causalidad, como unidades trascendentales somos necesariamente libres (si no caeríamos en la antinomia de la razón práctica). Quizás es un poco exagerado declarar, como hizo Foucault, que hasta el siglo XIX el hombre no existía, pero parece claro que sin este estado dual del hombre, sin esta libertad transcendental a la base de los imperativos morales, tampoco se podría poner la cuestión de los derechos humanos. No es causalidad, claramente, que la primera declaración de los derechos del hombre se produjera también hacia finales del siglo XVIII, y que naciera en los mismos ambientes ilustrados de que Kant escribirá la filosofía.
Tampoco podemos decir que con el nacimiento del hombre moderno y con el problema de la libertad la cuestión de los derechos humanos quedara zancada. Bertrand Russell nos cuenta que Bentham dividió los artículos de la Déclaration des droits de l'homme en tres grupos: los ininteligibles, los falso, y los que tenían las dos características.
En resumen, los derechos humanos no son un hecho natural, no hay un gen de los derechos. Las sociedades más estables que la historia ha conocido no han tenido derechos humanos. Se trata de un hecho cultural, conectado con una concepción del individuo ilustrada y, por tanto, europea. Quien comenta que exportar los derechos humanos es un acto de neocolonialismo tiene buena parte de razón.
Por otro lado, incluso quien sostiene esta tesis estará dispuesto, de alguna manera, a admitir que existe algo en los derechos humanos que podemos considerar universal. El capitalismo es sólo un sistema económico, e imponerlo es un acto colonialista. Las religiones monoteístas son fenómenos culturales particulares. ¿Los derechos humanos son diferentes? ¿Tenemos el derecho en imponerlos? Nos encontramos en un camino muy estrecho entre el relativismo y el absolutismo. No hay que rechazar demasiado el relativismo: no nos olvidemos que la falta de relativismo es precisamente lo de que acusamos a los fundamentalistas. Pero, de alguna manera, creemos, honestamente, que los derechos humanos son diferentes. ¿Porque pensamos que sea licito para las poblaciones extra-Europea oponerse a la exportación del capitalismo, y no a la exportación de los derechos humanos?
Es posible que cada cultura con una historia bastante larga haya encontrado en su camino algún principio que se pueda considerar universal. Este principio es la contribución de esa cultura a la historia de la humanidad. Es muy probable que la cultura occidental tenga mucho que aprender en materia de relaciones sociales armoniosas, de justicia social, de igualdad, o de relación con el medio ambiente. Otras culturas, quizás, han encontrado soluciones en estos campos y deberían poderlas exportar. Quizás la cultura Europea ha encontrado, por casualidad histórica, el concepto universal de derechos humanos. Se trata de nuestra contribución a la historia de la humanidad.
Exportar los derechos humanos de tipo ilustrado es en parte un acto de violencia cultural, y buena parte el problema consiste en determinar quien tiene la legitimidad para cargarse de este acto. Tenemos, por ejemplo, todo el derecho a dudar de la legitimidad de los gobiernos occidentales. ¿Puede exportar derechos humanos quien ha apoyado a Pinochet, Trujillo o Suharto? La OTAN bombardeó Serbia en 1999 para defender los derechos humanos en Kosovo, al mismo tiempo en que apoyaba a Indonesia en su genocidio en Timor Este, al mismo tiempo que Turquía (miembro de la OTAN) intensificaba su ofensiva contra la población Kurda. Los EE.UU. invadieron Iraq para eliminar el mismo dictador que en los años '80 financiaban. Se negaba cualquier ayuda a misiones de paz en Sierra León, pero se financiaba con 1.000 millones de dólares el ejército Colombiano (e, indirectamente, los grupos paramilitares) y la represión anti-campesina en Guatemala.
Aún si admitimos la validez universal del concepto de derechos humanos, cualquier propuesta que venga de gobiernos con esta historia de actuaciones será vista, correctamente, como un acto de neocolonialismo.
Sólo con la creación de organismos internacionales, en que todas las culturas se encuentren, en que todas las culturas contribuyan a la definición de estos derechos, será posible que los derechos humanos sean reconocidos como derechos universales, por encima de las diferencias históricas y culturales.
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